El pasado  23 de marzo de 2015, PANASEF presentó una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos referente al IVA aplicable a la ornamentación floral en los servicios funerarios. Y es que, tras la reforma fiscal del gobierno que comenzó a aplicarse a partir del 1 de enero de 2015, existían dudas en el sector sobre qué IVA gravaban las flores usadas en  los servicios funerarios.

«La gran duda era conocer si para la Agencia Tributaria las flores forman parte del servicio funerario,  y por tanto se debían gravar al 21%, o no, y se gravan al 10%. Una pregunta que había  causado diferentes interpretaciones en el sector y en los juristas consultados por PANASEF», relataba Juan José López Vivas, vicepresidente primero de la asociación, en un artículo de opinión publicado en esta misma web.

Por ello,  la Comisión de Regulación y Defensa del Sector de PANASEF presentó una consulta vinculante para solventar estas dudas y tras las  gestiones realizadas por dicha comisión durante todos estos meses, ya tenemos la contestación de la Dirección General de Tributos en la que se informa que el IVA en la ornamentación floral de los servicios funerarios se grava al 10%.

Asimismo, la asesoría juridica de PANASEF ha elaborado un  informe  analizando la contestación de la Dirección General de Tributos, que esperamos sea de vuestro interés.

[checklist icon=»fa-check» iconcolor=»» circle=»» circlecolor=»» size=»13px» class=»» id=»»][li_item icon=»fa-check»]Contestación Dirección General de Tributos[/li_item][li_item icon=»fa-check»] Informe de la Asesoría Jurídica de PANASEF [/li_item][/checklist]